Revisoría fiscal independiente

Revisoría fiscal independiente para empresas colombianas.

Cumplimiento garantizado, estados financieros confiables y cero sorpresas ante la DIAN y las Superintendencias. Respaldados por contadores públicos con tarjeta profesional vigente.

Tu revisor trabaja sobre la información de Emitto, en tiempo real.

Dictamen de EEFFBajo NIA
Estados financierosRazonables
Cumplimiento tributarioVerificado
Control internoEvaluado
Informe a la asambleaEmitido
OpiniónSin salvedades
Tarjeta profesional vigente
Independencia garantizada
¿Estás obligado?

¿Tu empresa necesita revisor fiscal?

Verifica en lenguaje claro si la ley te exige nombrar un revisor fiscal.

Siempre obligadas

Todas las sociedades anónimas (S.A.) y las sucursales de compañías extranjeras deben tener revisor fiscal, sin importar su tamaño.

Por topes (SAS, Ltda. y otras)

Si al cierre del año anterior (31‑dic‑2025) tuviste activos brutos sobre ~$7.117 millones o ingresos brutos sobre ~$4.270 millones. Basta superar uno de los dos.

Base legal: Código de Comercio art. 203 y parágrafo 2 del art. 13 de la Ley 43 de 1990 (activos ≥ 5.000 SMMLV; ingresos ≥ 3.000 SMMLV). Topes calculados con el SMMLV 2025 de $1.423.500. Confirma tu caso con nosotros.

De la obligación al valor

Más que una firma en los estados financieros.

Es un control independiente que da confianza a socios, bancos e inversionistas, previene sanciones y fortalece tu control interno.

Independencia, por ley

El revisor fiscal no lleva la contabilidad que dictamina. La misma persona no puede ser el contador y el revisor de la empresa: es una incompatibilidad legal. Por eso ofrecemos revisoría independiente.

  • Dictamina tus estados financierosOpinión independiente bajo NIA.
  • Vigila el cumplimientoDe la ley, los estatutos y las decisiones de asamblea.
  • Controla lo tributarioRenta, IVA, retención e ICA.
  • Reporta irregularidadesPor escrito, como lo exige la ley.
  • Evalúa el control internoY recomienda mejoras concretas.
  • Atiende autoridadesRequerimientos de la DIAN y Superintendencias.
Qué hace nuestro revisor fiscal

Funciones del art. 207 del Código de Comercio

En lenguaje de beneficio, con el respaldo de la norma.

Dictamen de EEFF

Opinión profesional bajo Normas Internacionales de Auditoría.

Cumplimiento legal

Ley, estatutos y decisiones de la asamblea bajo control.

Control tributario

Revisión y firma de declaraciones: renta, IVA, retención, ICA.

Control interno

Evaluación de riesgos y recomendaciones de mejora.

Informes a la junta

Reportes periódicos a la junta directiva y la gerencia.

Integrado con Emitto

Tu revisor trabaja sobre tu información contable en tiempo real.

Metodología

Un trabajo por etapas, basado en riesgos

1

Diagnóstico

Entendemos tu empresa, sector y riesgos.

2

Plan de auditoría

Diseñamos el alcance y el cronograma.

3

Ejecución y visitas

Pruebas y revisión según el plan.

4

Informes

Reportes a la gerencia y la junta.

5

Dictamen

Opinión anual sobre los estados financieros.

Metodología basada en riesgos y Normas Internacionales de Auditoría (NIA), conforme al Decreto 2420 de 2015 y la Ley 43 de 1990.

Honorarios por tamaño

Planes de revisoría fiscal

RF Esencial
Pymes recién obligadas (micro / pequeña).
Desde $1.800.000/mes + IVA

 

Solicita tu propuesta
  • Visitas de revisión trimestrales
  • Dictamen anual de EEFF bajo NIA
  • Cumplimiento tributario básico
  • Informe a la asamblea
  • Revisor con tarjeta vigente (JCC)
RF Corporativo
Medianas/grandes, sucursales extranjeras, sectores regulados.
Desde $7.000.000/mes + IVA

 

Solicita tu propuesta
  • Equipo multidisciplinario
  • Auditoría de controles de TI
  • Cumplimiento ante Supersociedades/Superfinanciera
  • SAGRILAFT
  • Gerente de cuenta dedicado

La ley no fija tarifas de revisoría fiscal (art. 416, Ley 43 de 1990): los honorarios se cotizan según tamaño, complejidad y dedicación. Ver detalle →

Preguntas frecuentes

Sobre la revisoría fiscal

Si eres S.A. o sucursal de una compañía extranjera, siempre. Si eres SAS o Ltda., cuando superes los topes de activos (~$7.117M) o de ingresos (~$4.270M) al cierre del año anterior. Confírmalo con nosotros.
No. La ley lo prohíbe: hay incompatibilidad entre llevar la contabilidad y dictaminarla. Por eso ofrecemos revisoría independiente.
Según el tamaño, la complejidad, la dedicación requerida y el sector. La ley no fija tarifas (art. 416, Ley 43 de 1990).
La revisoría fiscal es una figura permanente y obligatoria regulada por el Código de Comercio; la auditoría externa es un encargo voluntario y puntual.
Sí, y si usas Emitto el revisor accede a tu información en tiempo real, lo que agiliza el trabajo.

Solicita tu propuesta de revisoría fiscal.

Cuéntanos el tipo de sociedad y el tamaño de tu empresa y te enviamos una propuesta a la medida. La asesoría inicial no tiene costo.